Existen distintas leyes que refieren a las personas con discapacidad; la 25504 (certificado único de discapacidad), 22431 (protección integral), 24901 (habilitación y rehabilitación).
El certificado de discapacidad, según el ministerio de desarrollo social, es lo principal a tramitar para poder recibir algún tipo de ayuda, tanto para quienes poseen una obra social como para quienes no. En este último caso es solo acercarse al ministerio de desarrollo social de Córdoba y tramitarlo si la ley 25504 lo ve así necesario.
Las leyes cubren desde la más temprana edad hasta los adultos, dándoles rehabilitación, tratamiento, educación con maestra integradora o especial si fuese necesario.
A partir de poseer ese certificado ya comienza a ser cubierto por estas leyes; más fueron sancionadas entre 1971 y 2001, en donde algunas tales como la 24901 de Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a Favor de las Personas con Discapacidad; no son completamente competentes ya que no contempla varios factores tales como los distintos casos en donde en vez de transporte terrestre únicamente, se necesita el aéreo; `por otro lado una nueva actualización de la ley de transporte dice que la persona discapacitada puede viajar sola, lo que antes no se cumplía ya que el acompañante podía viajar solo pero en el caso de la persona que posee el certificado de discapacidad no podía, pero si con 3 acompañantes como un máximo, lo cual era totalmente insólito.
Existen también casos en donde las familias no pueden cubrir el uso de pañales o los casos especiales de transporte, si bien toda persona que posea el certificado de discapacidad posee pasajes gratuitos por medio terrestre, existen casos en los que deben de ser aéreos lo cual la ley no cubre.
“En el caso de las personas con discapacidad visual a partir de los 45 años pueden recibir una jubilación y es un trámite que hay que simplemente que intentar.” nos cuenta Esther Lilian Moyano.
La mejor forma de hacerse escuchar es conocerla y reclamar cuando hay algo que no se cumple o esta mal, también esta en los organismos reconocer y enseñar estas leyes para “no pasar malos ratos”.
Yommi Rolon Paloma Mariana
No hay comentarios.:
Publicar un comentario